En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: Visto el procedimiento por ADMISION DE LOS HECHOS, realizado por la adolescente, SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS, al ciudadano MAZAIRO ENRIQUE MAZA JIMENEZ, (plenamente identificado), por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPIAS, previstos y sancionados en los artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la sanción de SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en los Artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. La forma de cumplimiento de la sanción será impuesta por el Juez de Ejecución. SEGUNDO: Se ordena el cese de la medida cautelar impues.....