DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: SE DECLARA EN REBELDÍA al joven IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, y en consecuencia se ordena su APREHENSION inmediata, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: SE ACUERDA ACUMULAR la presente causa Nº NP01-D-2009-000139, al expediente signado bajo el Nº NV01-P-2009-000011, que se sigue también al joven acusado y contiene el delito más grave, dejándose sin efecto la fecha fijada para la celebración del acto pautado en ambos asuntos; y se acuerda fijar para ambas causas que se acumulan un acto de sorteo ordinario, de conformidad con el artículo 163, en concordancia con el.....