Se DECLARA LA PRESCRIPCION DE LA ACCIÓN PENAL por Extinción de la Acción Penal, en consecuencia Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO previstos en el Artículo 460 del Código Penal Vigente para el momento en que ocurrieron los hechos hoy 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ELIANO MILLAN, de conformidad con lo establecido en los artículos 615 y 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con los artículos 49 ordinal 8 y 300 ordinal 3 del código Orgánico Procesal Penal.