Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando de forma Unipersonal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley : ABSUELVE al acusado: (SE OMITE IDENTIDAD), de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal "e", por no haber prueba de su participación, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DEL DELITO ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral primero y 458 y 83 Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio del ciudadano de quien en vida se llamara JORMAN LEONARDO MATA RODRIGUEZ (Occiso). Declarando la LIBERTAD PLENA del acusado. Cesan las medidas cautelares impuestas en su oportunidad. Se ordena su egreso desde la sala de este Trib.....