DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRISIÓN PREVENTIVA AL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO (MOTO) previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales1, 2, 3, 4, 5, y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo en perjuicio de la ciudadana MARITZA RODRIGUEZ, que venía cumpliendo por las establecidas en el articulo 582 Literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como es la de Presentación Periódica, cada VEINTICINCO (25) DÍAS en el Departamento de Servicio Social. Impóngase de la presente decisión al acusado, se deja constancia que se realizo llamada telefónica al maestro guía a los fines de que sea trasladado .....