DISPOSITIVA:Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 15 años de edad, por haber nacido en fecha XXX, natural de Maturín Estado Monagas, titular de la cédula de identidad número V-XXX, soltero, hijo de XXX (v) y padre desconocido, XXX, Maturín Estado Monagas, a cumplir la sanción de UN (01) AÑO Y DOS (02) meses bajo la medida de LIBERTAD ASISTIDA, todo de conformidad con lo establecido en los artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haberse demostrado en el debate Oral y Privado, la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículos 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en consecuencia se ORDENA la.....