...DECRETA: Que el sancionado IDENTIDAD OMITIDA permanecerá en su residencia bajo los cuidados de su representante legal, hasta tanto sea evaluado por el Médico Forense, y este determine que finalizó su Reposo Médico, y puede ser ingresa nuevamente en la Institución de adolescentes Privados de Libertad, a los fines de continuar con la Medida Privativa de Libertad que venía cumpliendo el prenombrado sancionado, de conformidad con lo establecido en los artículos 631 Literal "b" y 647 Literales "b y d " de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...