Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida e igualmente PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de Bolívares (vía intimación)
En consecuencia se Modifica, la Sentencia Apelada en los términos que a continuación se sintetizan:
PRIMERO: Se condena a la parte demandada; Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO VECHAA C.A, al pago de las siguientes cantidades de dinero:
A) La cantidad de CUATRO MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TRECE BOLÍVARES CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 4.064.913,37;) por concepto del monto líquido al cual ascienden la factura Nº 14213.
B) Se condena a pagar a la parte demandada los intereses moratorios vencidos desde el día 13 de Marzo del año 2.010 hasta el 10 de Enero del año 2.011, los cuales deben ser calculados al 12 % de conformidad a lo dispuesto en el artículo 108 del Código de Comercio.-
• SEGUNDO: No hay expresa condenatoria en costa respecto a la Demanda dado que no hubo vencimiento total con.....