Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado GUSTAVO HERNÁNDEZ BARRIOS, actuando en su carácter de co-apoderado judicial del co-demandado ciudadano ENNIO JESÚS FARIAS VARGAS, contra la sentencia de fecha 03 de marzo de 2017, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en consecuencia: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda principal por motivo de PARTICIÓN DE HERENCIA interpuesta por el ciudadano RAIMIER JOSÉ FARIAS VARGAS, en contra de los ciudadanos ENNIO JESÚS FARIA.....