Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas de conformidad a lo establecido en el artículo 12 y 242 del código de procedimiento civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 10 de mayo de 2017, por el abogado NEPTALI NATKING BELLO FRANCO, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, contra la sentencia de fecha 04 de mayo de 2017, proferida por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda con motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL interpuesta por la sociedad mercantil SIGO VENEZUELA S.A......