Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara: SIN LUGAR el INTERDICTO DE AMPARO incoado por el ciudadano LUIS ENRIQUE GUEVARA TINEO, en contra del ciudadano EULALIO ROCA CANELÓN. En consecuencia, se declara CON LUGAR el recurso apelación ejercido por la abogada en ejercicio YENIREE ROSAS FIGUEREDO, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 25 de enero de 2017, proferida por el Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En los términos expresados se REVOCA la decisión recurrida y se deja sin efecto la Medida Innomina.....