Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio VICTOR CAFAÑA, apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia de fecha 08 de agosto de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en el juicio de DIVORCIO ORDINARIO, incoado por el ciudadano JESÚS RAMÓN MOYA COVA contra la ciudadana EGLIS MARY GARCIA TORRES. Se RATIFICA la sentencia recurrida en los términos ut supra expresados.-
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-