DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil declara: IMPROCEDENTE el RECURSO DE HECHO. interpuesto por la abogada ROCÍO ALEJANDRA LÓPEZ GUTIÉRREZ, plenamente identificada en autos, actuando en su carácter de apoderada judicial de Asociación Civil INTERNATIONAL SCHOOL OF MONAGAS, contra el auto de fecha 04 de Octubre del año 2022, emitido por JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en el Juicio de CUMPLIMIENTO DE COMPROMISO DE PAGO, llevado por la Asociación Civil INTERNATIONAL SCHOOL OF MONAGAS, en contra de los ciudadanos ZENITH JOSÉ PEÑALOZA TURMERO y MARIELYS DEL VALLE BETANCOURT OLI.....