DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del presente recurso de nulidad
SEGUNDO: CON LUGAR EL RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO intentado por la empresa PROAMBIENTE S.A. , Identificada contra la Providencia Administrativa No 00202-07 dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas en fecha 26 de Julio de 2.007.
TERCERO: NULA la antes mencionada providencia administrativa.
No hay condenatoria en costas por la especialidad del procedimiento.
Notifíquese al Procurador General de la República, en conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de procuraduría General de la república.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, fi.....