Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, en Sede Constitucional, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARO: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por la ciudadana BELKI BRICEIDA NUÑEZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad 4.626.651; en su carácter de representante legal de la Empresa Brigada de Mapoyo y Seguridad Empresarial (BASECA) asistida por el abogada Gramary Perozo Rosario, inscrita en el Instituto de Prevención del Abogado bajo el Nº 75.322, contra la providencia Administrativa S/N, de fecha 21 de agosto de 2001, emanada de la Inspectora del Trabajo del estado Monagas.