Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, en Sede Constitucional, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACOGE y HOMOLOGA lo convenido mediante acuerdo suscrito en fecha 22 de septiembre de 2010, entre el ciudadano del ciudadano NICOLÁS VILLEGAS, plenamente identificado en autos, y la empresa AGUAS DE MONAGAS, C.A, en virtud de la Acción de Amparo ejercida por el trabajador dada la contumacia de la empresa en dar cumplimiento a la Providencia Administrativa N° 00448-09, de fecha 27 de agosto de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Monagas, que declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos.