DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo conjuntamente con Medida Cautelar de Amparo Constitucional, intentada por el ciudadano LEOSMAN VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.142.536 , debidamente representado por el abogado en ejercicio PEDRO ENRIQUE BRICEÑO ZABALA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 77.765, contra la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR, INSTITUTO PEDAGOGICO DE MATURÍN.
En relación a la medida cautelar solicitado, el Tribunal se pronunciará por auto separado.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, Firmada y Sellad.....