Declara : PROCENTE la medida cautelar solicitada ORDENA: Que el solicitante presente una garantía a satisfacción del tribunal de hasta 25 Salarios Mínimos, es decir la cantidad de quince millones trescientos sesenta y nueve mil setecientos cincuenta bolívares (Bs. 15.369.750,00) los cuales reconvertidos a la actual moneda asciende a la cantidad de Quince Mil Trescientos Sesenta y Nueve Bolívares con setenta y cinco Cts. ( Bs. 15.369,75) y una vez acreditada a satisfacción de este Juzgado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, se procederá a decretar la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado.
Se conceden Quince (15) días hábiles para la consignación de la garantía aquí exigida de lo contrario, será revocada.