DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial.
SEGUNDO: SIN LUGAR la excepción de inadmisibilidad por caducidad opuesta por la recurrida.
TERCERO: CON LUGAR, la demanda de cobro de bono vacacional y bono de fin de año, interpuesta por el ciudadano JOSE ALBERTO CABELLO, contra el Municipio Piar del estado Monagas.
CUARTO: ORDENA a la Alcaldía del Municipio Piar la cancelación al demandante, de la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs.F. 8.500,00), por concepto de bono de fin de año y bono vacacional relativo a los años 2005 al 2007.
Notifíquese al Síndico Procurador Municipal del Municipio Piar del estado Monagas, en conformidad con la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en su artículo 152.