DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de acto administrativo, interpuesto por la empresa CONSORCIO STAMBUL ROJAS INTEVEN, contra el acto Administrativo signado con el número GAL- 0214 de fecha 04 de Abril de 2.006, dictado por el Instituto de Vialidad y Transporte del estado Monagas (INVIALTMO)
SEGUNDO: SIN LUGAR la excepción de caducidad alegada por el recurrente para que el Órgano Administrativo procediera imponer la sanción.
TERCERO: SIN LUGAR la excepción de inadmisibilidad del presente recurso opuesta por la Administración respecto del procedimiento a seguir y el no establecimiento de la cuantía.
CUARTO: CON LUGAR la excepció.....