En virtud de los hechos que motivaron la anterior solicitud, de conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, la misma debe ser declarada con lugar y así se decide.-
Por todas y cada una de las razones que anteceden, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello téngase la Ciudadana CARMEN LA ROSA, como nacida en la población de Quiriquire, Municipio Púnceres, Distrito Bolívar del Estado Monagas, en fecha dieciséis (16) de Julio del año 1942, siendo hija de MARIA DEL VALLE LA ROSA (difunta), venezolana, mayor de edad y de este domicilio.
Envíese copia certificada de la Sentencia Firme y debidamente ejecutoriada a la Dirección de Registro Principal de la Ciudad.....