En virtud de todas las razones que anteceden, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a los artículos 12, 506 y 699 del Código de Procedimiento Civil, declara SIN LUGAR la presente acción interdictal de despojo, interpuesta por el ciudadano ARMANDO GORDONEZ contra el ciudadano ARGENIS GORDONEZ previamente identificados, en consecuencia:
¿ PRIMERO: Se mantiene en posesión del inmueble ubicado en la Calle Igualdad, Casa #13 del Sector Bajo Guarapiche del Municipio Maturín Estado Monagas, y alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue de Hortensia Astudillo. SUR: Casa que es o fue de Rafael Luces. ESTE: Con casa que es o fue de Albeis Phez. OESTE: Con casa que es o fue de Alfonso Peñaloza, en la persona del ciudadano ARGENIS GORDONEZ, plenamente identificado en autos.
¿ SE.....