Con fundamento en las consideraciones expresadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones que le confiere, atendiendo al derecho constitucional a la defensa y al debido proceso que le asiste a las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 206 y 207 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de las actuaciones realizadas a partir del auto de fecha 17 de Septiembre de 2015 hasta el auto de fecha 06 de julio de 2017 (Folios 56 al 116), con exclusión de la presente decisión y en consecuencia REPONE LA CAUSA al estado de la intimación, a la Sociedad Mercantil CORPORACION QUENELL, C.A representada por su Presidente, ciudadano HENRY RAFAEL QUERALES DIAZ, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 13.654.980, todo de con.....