Este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, le informa que aun no esta transcurriendo el lapso para dictar sentencia, siendo así; mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante, por tal motivo Se Niega lo solicitado. Y así se decide.-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
EL JUEZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. YARILUZ BOGARIN
Exp: 33.141
Yosellys’