es decir, es un acto personalísimo, la citación del absolvente debe ser expresa, porque su comparecencia al acto de posiciones tendrá que ser también personal, por ser un acto sumamente importante dentro de la secuela del proceso y de allí que el legislador la encuentre dentro del más estricto marco de seguridad a objeto de resguardar a las partes de sorpresas que pudieran acarrearles la configuración de una confesión ficta, por inasistencia al acto de las posiciones en razón de un citación que no fuere expresa para tal acto. Mal puede este Tribunal acordar la citación por cartel. Es por lo que este Tribunal NIEGA la solicitud de cartel de citación.