El error denunciado consiste, en que en el mes de mayo de año mil novecientos noventa y ocho (1998), se dicto sentencia de la causa de Divorcio 185¿A, incoada por los ciudadanos MANUEL ANTONIO REYES SALMERON Y FRANCINA BELLO DE REYES, en la misma al momento de transcribir el nombre de la solicitante por error le fue colocado FRANCISCA, siendo el mismo incorrecto, ya que su verdadero nombre es FRANCINA YOLANDA BELLO y no como erróneamente se evidencia de dicha partida de nacimiento.-
Para efectos probatorios la solicitante consignó: Copia Certificada de su acta de nacimiento, expedida por el Registro Principal del Estado Miranda, y fotocopia de la Cédula de Identidad.,
Probados como han sido los hechos alegados y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE SENTENCIA, éste Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, hacer la debida corrección en la se.....