Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgador Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia DECLARA: INADMISIBLE la demanda por ACCION MERO DECLARARIVA CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana AMALIA DEL CARMEN RONDON MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número: 9.894.380, contra el ciudadano JOSE ENRIQUE SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número:8.378.890, tomado como fundamento los argumentos antes expuestos.
PUBLIQUESE, REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los once días del mes de Abril de Dos mil doc.....