en fecha diecisiete (17) de Marzo del 2.014, en la cual ordena la reposición de la causa al estado de admitir nuevamente la presente demanda, es por lo que por consecuencia, todas las actuaciones quedaron sin efecto jurídico por todo lo antes expuesto, este Tribunal Revoca la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 25 de Julio del año 2013 y se ordena la suspensión de la misma. Asimismo se ordena oficiar a PDVSA, para los fines legales consiguientes. Líbrese oficio.-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ
LA SECRETARIA ACC
ABG. YARILUZ BOGARIN
Exp: 33.123
Yosellys