este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil DECLARA LA INTERDICCION DEFINITIVA de la ciudadana JOSEFA DEL VALLE RAMIREZ DE BERMUDEZ, ya identificada, y a tal efecto, se nombra Tutora Definitiva de la ciudadana JOSEFA DEL VALLE RAMIREZ DE BERMUDEZ a la ciudadana IRIS DEL VALLE RAMIREZ RISQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.644.910, de este domicilio, a quien se acuerda notificar a los fines de que manifieste su aceptación o excusa al cargo para el cual fue designado, y en primero de los casos preste el juramento de Ley.