Por todos los razonamientos antes expuestos, con fundamento y total apego a lo pautado en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 545 y 548 del Código Civil y el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la demanda que por REIVINDICACION, NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO y DAÑOS Y PERJUICIOS, ha intentado la ciudadana MORELYS TERESA MEDRANO GONZALEZ, contra de los ciudadanos HERMINIA DEL VALLE HERNANDEZ, TONY DEL VALLE LEONETT LEONETT, BRICEIDA RAVELO, LUIS JOAQUIN CABELLO HERNANDEZ y MILAGROS DEL VALLE MAYO LEONETT, plenamente identificados en autos, en consecuencia:
• PRIMERO: Se ordena Notificar a las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código d.....