En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme al artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 1952 y 1977 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la demanda de PRESCRIPCION EXTINTIVA Y LIBERACION DE HIPOTECA, intentada por los ciudadanos EDUARDA MARGARITA LOPEZ DE GUATARASMA, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº 559.162 y ALCIDES GUATARASMA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 587.177 contra el ciudadano RICARDO MOLINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 218.529, todos de este domicilio y en consecuencia se decreta:
PRIMERO: EXTINGUIDA LA HIPOTECA DE PRIMER GRADO, que grava el bien inmueble constituido por una vivi.....