Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente demanda de Resolución de Contrato con Reserva de Dominio, intentada por el BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, representado por su apoderados judiciales ciudadanos: PATRICIA MOYA ROJAS y/o LUIS GUZMAN RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 15.679.970 y 8.305.215, abogados en ejercicio, inscritos en los inpreabogados bajo Ns 120.542 y 132.543, domiciliados en Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, y en consecuencia, extinguido el proceso por haber transcurrido en el caso de autos el lapso legal previsto para tales efectos, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRE.....