Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana CARMEN ELIZABETH NUNZIATA QUINTANA, plenamente identificada en autos, debidamente asistida en este acto por el Abogado GUSTAVO SOSA SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.142, en la cual apela del auto de fecha 09 de Julio del 2.015, que postula a la ciudadana LUCIA DEL CARMEN NUNZIATA QUINTANA, plenamente identificada en autos, como Protutora de la ciudadana ANA MARIA NUNZIATA QUINTANA, ordenándose su notificación a los fines de que acepte o no el referido cargo; al respecto el Tribunal observa que dicha aceptación esta condicionada, pues no depende de este Juzgado si la prenombrada ciudadana acepta o no el cargo, por lo que mal puede este Tribunal oír la apelación propuesta, en tal sentido Niega lo solicitado.
DR. ARTURO LUCES TINEO
EL JUEZ
LA SECRETARIA
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