Dentro de este contexto, el articulo 257 de la Carta Magna estatuye el proceso como instrumento fundamental para la realización de la justicia; destacándose nuevamente como función Jurisdiccional vital, no el mero acatamiento y aplicación de la ley por parte de los operadores de justicia, sino algo mas importante, la consecución de la justicia.
Artículo 26 "...Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivo o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado garantizara una justicia gratuita, accesible imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebida, sin formalismos o reposiciones inútiles..." e igualmente el articulo 257 "...El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. Las Leyes procesales establecerán la simplificac.....