Por los motivos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y EL PROCEDIMIENTO en todas y cada una de sus partes. En consecuencia, téngase el mencionado desistimiento como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo el Tribunal acuerda, de conformidad. En consecuencia expídase por Secretaría dos (2) juegos de copias certificadas de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y entréguesele a la solicitante, a los fines legales consiguientes.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-
Publíquese, Notifíquese, Regístrese, incluso en el s.....