se ordena la ejecución forzosa de la mencionada sentencia en todas y cada una de sus partes y en tal sentido, se decreta la Ejecución Forzosa basada en la entrega material de un inmueble situado en la calle Sucre cruce con Avenida Bolívar, signado con el Nº 106, Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa que es o fue de Francisco Navarro; SUR: Avenida Bolívar; ESTE: Casa que fue o es de Sergio Track y OESTE: Con la calle Sucre, dicho documento de propiedad del inmueble antes mencionado se encuentra Registrado ante la Oficina de Registro Publico del Distrito Maturín, Estado Monagas en fecha 30 de Septiembre de 1987, anotado bajo el No. 05, Protocolo Primero Tomo 04. Para la práctica de la anterior medida se comisiona suficientemente a cualquier JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Líbrese el correspondiente mandamiento de ejecución. De igual manera vista la solicitud de copias certificadas de la .....