este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la acción que por DAÑOS Y PERJUICIOS intentara los ciudadanos CESAR ANTONIO CHACIN GONZALEZ y REINA NAVARRO DE CHACIN contra los ciudadanos ALBERTO MORENO CUELLAR y MARIA SENOVIA GODOY DE MORENO. En consecuencia, deberán los demandados cancelar las siguientes cantidades:
PRIMERO: La suma de SETENTA Y OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.:78.000.000,ºº), por concepto de la Daños y Perjuicios Patrimoniales cancelación causados por la falta de cumplimiento del Contrato de Opción de Compra.
SEGUNDO: La cantidad de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 19.500.000,ºº), por concepto de costas y costos procesales calculadas prudencialmente por este Tribunal en base del 25% sobre el monto demandado.