Por todas y cada una de las razones que anteceden, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en la causal 2° del artículo 185 del Código Civil y el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos HECTOR RAFAEL LEDEZMA y ARACELYS DEL VALLE CORDERO MARTINEZ, previamente identificados, según se evidencia del acta de matrimonio celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Aguasay del Estado Monagas, en fecha 04 de Julio de 1.984 (Folios 4 y 5).
Liquídese la sociedad conyugal.
PUBLÍQUESE, DIARÍSECE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Jud.....