DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente acción de INTERDICTO RESTITUTORIO incoada por los ciudadanos PANCHITA URBINA DE ROMERO, HORACIO URBINA Y ANA VICTORIA URBINA DE MALAVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-2.327.466, V-3.028.960 y V-3.327.924, representados por los abogados WILLIAMS JOSE ALCALÁ COVA y JOSE ALBERTO ASCANIO GUZMÁN , INPREABOGADO números 121.637 y 108.591, en contra del ciudadano RAMON EMILIO BLANCO URBINA, venezolano y de este domicilio. Se condena en costas a la parte demandante.
Notifíquese a las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil .....