En este sentido, considero que el hecho de haberme pronunciado sobre el decreto de las medida antes especificada, no significa que haya emitido opinión al fondo de la causa, puesto que fue un auto fundamentado en lo contemplado en la legislación vigente, resaltándose que no existe inclinación de mi parte a favor de ninguno de los contendientes en esta causa la cual, se debe indicar,; teniendo las partes el derecho de ejercer los recursos dispuestos a su favor así como hacer valer todas las probanzas que crean convenientes, para atacar las decisiones con las que puedan estar inconformes.
Cabe precisar, la Recusación en mi contra debe estar fundamentada en causales taxativas, además de pruebas y hechos, y no puede ser opuesta por molestias o disconformidades que tengan las partes o sus apoderados en relación a los pronunciamientos o autos emitidos por mi persona, en mi condición de Juez de este Tribunal.
Sin más que argüir y en base a todos los argumentos expuestos, solicito.....