IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia: PRIMERO: Se declara la NULIDAD del Titulo Supletorio decretado por este mismo Juzgado en fecha 12/08/2008, sobre unas bienhechurías consistentes en una casa en construcción, ubicada en el Sector Juana Ramírez, calle la Paz Parroquia San Simón, Municipio Maturín del Estado Monagas. Enclavadas en una parcela de terreno ejido municipal que mide 20 mts de ancho por 50,33 mts de largo, para un área total de 1006,60 mts, con un área de construcción de 120 mts2, alinderada de la siguiente manera: Norte: Avenida fuerzas armadas su fondo. Sur: Avenida la Paz que es su frente en 21 mts. Este: Con Clínica Ortopedia C.A. Y Oeste: Con el .....