Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Sede Constitucional y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 2, 26, 47, 49, 87, 112 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de lo preceptuado en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Abogada LUISA MERCEDES DIAZ, INPREABOGADO No. 83.897, en su carácter de apoderada judicial de la empresa mercantil PREMIER FITNESS CENTER C.A. antes identificada, en contra de la parte accionada MARIA NATIVIDAD MARQUEZ DE PROFETA, C.I. V.3.755.349, asistida por el Abogado WILFREDO JOSÉ HERNÁNDEZ LATTAN INPREABOGADO No. 3.865, en consecuencia: 1.- Deberá la parte accionada MARIA MARQUEZ DE PROFETA, antes identificada permitirle todas las llaves que s.....