En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN, en el procedimiento por motivo de DAÑO MORAL, celebrada entre el ciudadano AMADEUS ARIAS SIMOES LABRINCHO, de nacionalidad portugués, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. E- 635.527, y su apoderado judicial MIGUEL VELASQUEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 121.067, parte demandante y el ciudadano LUIS MIGUEL NOLASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V- 17.699.282, y de este domicilio, asistido por el abogado RAFAEL NARVAEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 4726, parte co-demandada.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, .....