Por todos los razonamientos antes expuestos y en conformidad con los artículos señalados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Luisa Mercedes Díaz contra Seguros Guayana, en consecuencia se condena a la parte perdidosa a cancelar la siguiente cantidad:
1) por indemnización de la suma asegurada la cantidad de un millón setenta y siete mil cuatrocientos sesenta y cinco bolívares con 00/100 (1.077.465,00), monto asegurado por ambas pólizas, la cual es equivalente a DIECISÉIS MIL QUINIENTAS SETENTA Y SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS.
2) Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el artículo 274 de la ley adjetiva.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, DEJESE COPIA, y NOTIFIQUESE
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de audiencia del Tribunal Segundo d.....