Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA PERENCION DE INSTANCIA en la presente QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO incoada por los ciudadanos NADRIANA VARGAS PIÑANGO, REINHARDT AYALA GUZMAN, HIDELIAN DI SALVO ALCALA, EGLIS CLOCIEL MOREY, JUANA MORENO DE RODRIGUEZ, COROMOTO YDROGO DE AYAL, YENNIRE CARDIEL, DESIREE GARANTON HERMOSO, MARIANA CARDENAS SANTAMARIA, YESENIA SOTO DIAZ, YAMILKAR VENALES CARREÑO, NORELYS MARIN LISBOA, SIXTO DEL VALLE NAPOLE contra el ciudadano BENITO GAETANO CICCO. Y en consecuencia se declara extinguido el proceso, por haber transcurrido en el caso de autos el lapso legal previsto para tales efectos, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia suspéndase Medida de Amparo decretada en fecha 2.....