Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, y con fundamento en los artículos 2, 77 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara;
PRIMERO: CON LUGAR la acción que por DESALOJO incoara el ciudadano LUIS ALBERTO VARGAS en contra de la ciudadana RHINA ROCIO AVILA BOLIVAR.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana RHINA ROCIO AVILA BOLIVAR, DESALOJAR y hacer entrega del inmueble destinado al uso de vivienda, ubicado en la manzana O, número 1 de la Urbanización Parque residencial La Macarena, situada en la calle Bolívar cruce calle el Cementerio en la Parroquia Santa Cruz, Municipio Maturín del Estado Monagas, encuadrados en los siguientes linderos: NORTE: con parcela O-2 en 25,00 mts. SUR: con carrera 3 que es su frente .....