Por los razonamientos anteriormente expuestos y con fundamento en los artículos señalados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, confirma la decisión tomada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de esta Circunscripción Judicial del Estado Monagas, y Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada JOHANA POWELL en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana SUSANNE DRESCHER REQUENA, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES incoara en contra de la ciudadana MILAGROS HABANERO; todas plenamente identificadas supra. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia, notifíquese y remítase el expediente al tribunal de la causa.
Dada, firmada y sellada en .....