En virtud de los razonamientos antes esgrimidos y de conformidad con lo establecido en los artículos 2O,35,42,47,49 de la Ley de arrendamientos Inmobiliarios; artículos 346 y 200 del código de procedimiento civil, y artículos 1546 y 1547 del Código Civil; este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano HUSSEIN MAHMOUD, quien actuó en su propio nombre y en representación de la sociedad mercantil EL FAMOSO DE MATURÍN, C.A., contra EGIDIO SUNIAGA, y la sociedad mercantil INVERSIONES MANASALPI, C.A. por motivo de retracto legal arrendaticio, sobre un inmueble constituido sobre una parcela de terreno con una superficie de cuatrocientos ocho metros cuadrados (408 m2) y las edificaciones que en él se encuentran construidas, integradas por cuatro locales comerciales, ubicado en la carrera si.....