En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR La solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO del ciudadano JUAN DE DIOS GOMEZ RODRIGUEZ de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y previo los trámites de Ley, se ordena al ciudadano del Registro Civil, del Municipio Maturín del Estado Monagas y al Ciudadano Registrador Principal del mismo Estado, rectifique el Acta de Matrimonio del ciudadano JUAN DE DIOS GOMEZ RODRIGUEZ, inserta en los Libros de Matrimonio, llevados por el Registro Civil del Municipio Maturín, del Estado Monagas, acta Nº 87, Tomo I, Folios 250 al 252, del año 1.982, y.....