DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN celebrada entre ciudadana LUISA ANGELICA ORSINI, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 12.793.891, inpreabogado Nro. 80.768, actuando en este acto en nombre y representación de Sociedad Mercantil PETRO SERVICIOS ARES, C.A., y la abogada YARILUZ BOGARIN BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.910.924, inpreabogado Nro. 201.454, en representación de la parte demandada; en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos. Se procede como sentencia en Autoridad de cosa juzgada. Como consecuencia de esta decisión se acuerda:
a. Se s.....